La principal ventaja del divorcio de mutuo acuerdo es que no vais a permitir que un juez decida sobre vuestras vidas y la de los niños.

Seréis vosotros, quienes decidiréis como organizar vuestra vida .

Para más información sobre este tema para posibles tramitaciones, podéis consultarnos a través de nuestro formulario




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    Rufiandis: Advocats

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    Divorcio de mutuo acuerdo

    En este artículo, éste despacho de abogados os daremos varias pinceladas sobre en qué consiste el divorcio de mutuo acuerdo, sus ventajas, situaciones que quedan afectadas y tramitación.

    INTRODUCCIÓN.

    No entraremos ha examinar en profundidad cada una de las situaciones. Solo pretendemos que os hagáis una idea sobre en qué consiste un divorcio de mutuo acuerdo.

    Las situaciones vitales que se van produciendo a lo largo del tiempo en cada persona y que son imprevisibles, hacen necesarias tomas de decisión orientadas a alcanzar el cumplimiento del objetivo máximo de todo ser humano que es, la felicidad.

    Decimos alcanzar la felicidad o al menos, algo parecido a la misma. Conseguir el mayor grado de bienestar personal, ya sea el vuestro, como el de las personas que te importan. Tu expareja puede ser una de ellas.

    A ojos de terceros, no es justo que después de haber mantenido una relación con tu pareja en la que ha habido amor, confianza, felicidad, complicidad, etc.., esta relación no tenga continuidad respecto a los mismos valores, aunque sea a otro nivel.

    Debido a ello, en muchas ocasiones es importante mantener en tu vida a esa persona que ha significado tanto para ti.

    Es importante, ante esta situación, poder hablar y llegar a acuerdos con tu pareja.

    Para ello, cuentas con la ayuda de los profesionales pertinentes, que disiparan malentendidos y os ayudaran a establecer a partir de la disolución de vuestro matrimonio, vuestra nueva forma de relacionaros.

    El divorcio de mutuo acuerdo es una forma de poder seguir con vuestra vida de forma independiente con el menor dolor posible que supone la ruptura matrimonial.

    PROFESIONALES QUE ENTRAN EN JUEGO EN EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO:

                            ABOGADOS: Llevan la dirección del proceso.

                            PROCURADORES: Os representan en el proceso y ayudan a comunicarnos con el juez.

                            FISCAL: Solo actúa en caso de que el divorcio afecte a hijos menores, velando por su interés.

                            JUEZ: Controla que los acuerdos sean conformes con la ley y disuelve el divorcio.

    CUESTIONES HA PLANTEAR EN EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO.

    Las cuestiones ha plantear en el divorcio de mutuo acuerdo, dependiendo de las circunstancias de cada familia son:

    LAS RELATIVAS A LOS HIJOS COMUNES:

                PATRIA POTESTAD COMPARTIDA:

    Muchos padres creen erróneamente que el otorgar una Guarda y Custodia en exclusiva a favor del otro progenitor, implica que en el futuro será menos padre.

    Eso no es así. La Guarda y Custodia de los niños es, tan solo, la mera tenencia de estos.

    Solo consiste en atender las necesidades cotidianas de los niños.

    Divorcio de mutuo acuerdo

    La Patria Potestad compartida implica que los dos padres tenéis el mismo derecho a adoptar todas aquellas decisiones importantes que afectan a los hijos.

    Estas decisiones pueden ser escoger centros educativos, formas de educación, derecho a recibir información ya sea del otro progenitor o de terceros etc..

    El padre no custodio nunca pierde la posibilidad de tomar todas las decisiones importantes que afectan a los niños.

    Siempre se necesita su consentimiento en caso de que sea el padre custodio quién las tome.

    En este sentido, toma especial relevancia el deber que tiene el padre que tiene a los niños de informar acerca de cualquier situación que afecte a los hijos comunes al otro padre.

    Este deber de información, es un derecho para el padre no custodio.

    GUARDA Y CUSTODIA:

    Antes de seguir explicando en qué consiste la guarda y custodia de los niños, debemos tener en cuenta que hay dos formas de tener a los niños en vuestra compañía:

                La diaria o cotidiana. Consiste en asistir a los niños durante los días laborables en que los mismos realizan actividades propias. Principalmente ir a la escuela.

    Divorcio de mutuo acuerdo

                Es lo que se llama tener la guarda y custodia de los niños.

                Tiempo de ocio. Consiste en disfrutar de la compañía de los niños cuando estos disponen de tiempo libre para realizar otras actividades fuera del quehacer diario junto con sus padres.

    Estamos hablando de fines de semana, tardes intersemanales al salir del cole, festivos y vacaciones.

    Es en el disfrute de este tiempo, dónde aparece el régimen de visitas que se otorga al padre no custodio.

    La Guarda y Custodia de los niños, trata de delimitar con cuál de los dos padres convivirán los mismos mientras realicen sus tareas diarias o cotidianas.

    La decisión depende de la disponibilidad que tengáis para haceros cargo de las necesidades diarias y habituales de los niños. Los horarios de trabajo o la ayuda familiar influyen.

    Muchos padres creen que el otorgar la guarda y custodia de los niños al otro padre implica ser padre a medias.

    Error, puesto que el padre no custodio sigue teniendo toda la capacidad que tenia sobre todas las decisiones importantes que afectan a sus hijos como ya hemos señalado.

    Eso sí, las decisiones que implican cuestiones cotidianas como comprar ropa para los niños o alimentos para éstos serán a cargo del padre custodio.

    Hay dos clases de guarda y custodia sobre las que podéis decidir:

                                        GUARDA Y CUSTODIA EN EXCLUSIVA:

    La guarda y custodia en exclusiva, se otorga a uno solo de los padres, y al otro se le concede un régimen de visitas.

    En esencia, se trata de todo lo que hemos comentado hasta ahora.

                                        GUARDA Y CUSTODIA COMPARTIDA:

    La guarda y custodia compartida, conlleva el reparto por mitades de todo el tiempo en compañía de los niños, ya sea libre o no.

    Por ello, no hay ningún régimen de visitas para ningún padre, puesto que no es necesario.

    Para llegar a decidir sobre una guarda y custodia compartida, debéis tener en cuenta:

    1. Que los dos domicilios se encuentren cerca. De esta forma se consigue que los niños permanezcan en el mismo barrio y puedan asistir a todas las actividades que este ofrece, inclusive, que la escuela quede cerca.
    2. Que los padres os llevéis bien. Hace fácil el intercambio de los niños y se evitan discusiones innecesarias que pueden afectar a los mismos.

    Hay casos en los que se establece que haya un único domicilio para los niños y son los padres quienes se van intercambiando.

    Seguramente para los niños es la mejor opción, pero es un sistema carísimo puesto que al final entran en juego tres domicilios diferentes, el de los dos padres y el de los niños.

    Muchos padres creen que teniendo la custodia compartida se evitaran tener que abonar una pensión alimenticia mensual.

    Ello solo sucede cuando la capacidad económica de los dos padres es similar.

    Si no es así, hay la posibilidad de acordar que el padre que tiene mayores ingresos mensuales, abone al otro padre una pensión alimenticia para que éste último pueda satisfacer las necesidades de los niños en la misma proporción.

    REGIMEN DE VISITAS.

    El régimen de visitas solo se da para el caso de que establezcáis un sistema de Guarda y Custodia exclusiva a favor de uno solo de los padres.

    Se fundamenta en el derecho que tienen los niños a relacionarse con el padre no custodio.

    Muchos padres entienden al régimen de visitas como un derecho propio que tienen.

    No es así, la ley lo entiende más como una obligación del padre. que beneficia a los niños, no al padre no custodio.

    Es un derecho de los niños a fortalecer en todo lo que sea posible con el padre no custodio.

    Como ya hemos apuntado anteriormente, consiste en repartir el tiempo de ocio que tienen los niños.

    Este tiempo consiste en, tardes intersemanales al salir del cole, fines de semana, días festivos y vacaciones escolares.

    El padre custodio lo disfruta cuando obtiene la guarda y custodia en exclusiva y el padre no custodio a través del régimen de visitas.

    Se debe repartir a partes iguales entre los dos padres y establecer el sistema de recogida y la forma de devolver a los niños.

    PENSION ALIMENTICIA A FAVOR DE LOS HIJOS EN EL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO.

    En el caso de que se acuerde guarda y custodia en exclusiva para uno de los padres, el padre no custodio tiene que pasar una pensión para cada uno de los niños.

    También se puede acordar en el caso de que optéis por la guarda y custodia compartida si vuestros ingresos son desiguales.

    Divorcio de mutuo acuerdo

    Debéis tener en cuenta cuando establezcáis una pensión para los niños, que, como criterio general el juez y el fiscal, no suelen aceptar pensiones mensuales que estén por debajo de los 150 Euros por hijo.

    También es necesario pactar como se abonaran las cantidades referidas a gastos extraordinarios que no se puedan prever en el momento de acordar las pensiones.

    Estos gastos pueden ser al 50% o en mayor o menor porcentaje según vuestros ingresos mensuales.

    PENSIÓN COMPENSATORIA.

    Podéis pactar, si lo consideráis conveniente, una pensión mensual a favor de uno de vosotros, si entendéis que el divorcio os deja en una situación difícil, que debe abonar quien tiene más recursos económicos de los dos.

    La pensión compensatoria no tiene que ser de por vida, sinó que puede pactarse para un cierto tiempo.

    COMPENSACIÓN ECONÓMICA.

    Podéis pactar atribuiros una compensación económica entre vosotros, si entendéis que el matrimonio os ha generado perjuicio económico. Por ejemplo, si uno de vosotros ha trabajado en el negocio del otro sin retribución.

    ATRIBUCIÓN DE LA VIVIENDA FAMILIAR.

    La atribución de la vivienda familiar consiste en decidir quien se va a quedar con el uso de la vivienda familiar y como gestionar su uso.

     También es posible venderla y repartiros lo que se ha percibido por la misma en el caso de que seáis propietarios.

    Normalmente se suele atribuir la vivienda al padre que se queda con la guarda y custodia de los niños, si los hay.

     Todo depende de las diversas circunstancias en las que os encontréis.

    LIQUIDACIÓN DEL REGIMEN ECONÓMICO.

    En cuanto a la liquidación del régimen económico, debéis llegar a acuerdos sobe los bienes que tengáis en copropiedad.

    En Cataluña, se presume, si no se ha establecido otro por vosotros, que el régimen económico matrimonial es el de separación de bienes, por lo que es fácil distribuir los bienes según la titularidad de estos.

    El problema está en como distribuir y liquidar todos aquellos bienes que son de titularidad compartida. En estos casos debéis decidir cual es el sistema mas adecuado para gestionar los bienes de los que sois copropietarios.

    Divorcio de mutuo acuerdo

    Importante tener en cuenta en este apartado todo el régimen fiscal que puede afectar a vuestros bienes.

    Lo que en principio puede parecer un buen acuerdo entre partes, no tiene porque serlo cuando Hacienda entra en juego.

    OTROS PACTOS QUE NO SE CONTRADIGAN CON LA LEY.

    En los acuerdos para tramitar un divorcio de mutuo acuerdo, podéis incluir otros aspectos, siempre y cuando estén relacionados con el divorcio.

    PROCEDIMIENTO JUDICIAL DEL DIVORCIO DE MUTUO ACUERDO.

    Profesionales necesarios para el divorcio de mutuo acuerdo:

    Por ley, debéis estar asistidos por abogado y procurador.

    Podéis elegir entre estar representados por:

     Un solo abogado y procurador.

    En este caso, tenéis que aseguraros que vuestro abogado es imparcial, por ello, tiene que ser alguien que tenga la confianza de los dos.

    Si no es así, mejor que escojáis un abogado que esté fuera de vuestro entorno al que no conozcáis.

    Del procurador no os tenéis que preocupar. Es el abogado quién decide con quién trabajar.  

    Un abogado y procurador para cada uno

    Es posible que los dos estéis asistidos cada uno por un abogado y procurador. Ello conlleva la participación del doble de profesionales y por ello, los costes serán mayores.

    Documentación necesaria para el divorcio de mutuo acuerdo.

    La documentación necesaria para que el juez os admita la demanda son:

    El certificado de nacimiento de cada uno de los niños.

    El certificado de matrimonio.

    Todo se puede conseguir en el Registro Civil correspondiente.

    El convenio regulador.

    Con ayuda de vuestro abogado o abogados, según el caso, llegareis a todos los acuerdos relacionados en los apartados anteriores; guarda y custodia de niños, liquidación de régimen económico, atribución de la vivienda familiar, etc…

    Todos estos acuerdos, deben ser redactados de forma detallada por vuestros abogados, en lo que se llama el Convenio Regulador.

    El Convenio Regulador, una vez firmado por vosotros, se presenta por el procurador a través de la demanda dónde también se va a pedir el divorcio.

    Trámites para el divorcio de mutuo acuerdo.

    La demanda, normalmente, se presenta ante el juzgado al que pertenece el municipio donde habéis tenido vuestro último domicilio familiar.

    Una vez presentada la demanda ante el juzgado, el juez, en principio, la admite si entiende que todo está correcto y la pasa al fiscal solo en el caso de que haya niños, para que le dé su visto bueno.

    El papel del fiscal en el procedimiento es el de representar a los niños y velar por sus intereses. Como veis, vuestros hijos ya tienen su propio abogado.

    Una vez revisado el contenido de la demanda y del Convenio Regulador puede suceder.

    Que el juez y el fiscal encuentren conforme a derecho su contenido.

    En este caso, el juez os convocará a una comparecencia ante el juzgado para que ratifiquéis de nuevo el Convenio Regulador.

    Divorcio de mutuo acuerdo

    Una vez ratificado el Convenio Regulador, el juez dictará sentencia aprobando el Convenio Regulador, al cual estaréis sometidos de ahora en adelante y disolverá vuestro matrimonio.

    El juzgado enviará copia certificada de la sentencia al Registro Civil y éste la inscribirá en el mismo.

    Que el juez o el fiscal no estén de acuerdo con lo convenido.

    En este caso, el juez os va a notificar acerca de las medidas que no considera procedentes para que las podáis modificar y adaptarlas a lo que la ley prevé.

    Sino os podéis poner de acuerdo, existe la posibilidad de pasar el procedimiento a contencioso y entonces sí, en el caso de que estéis asistidos tan solo por un abogado, los dos tendréis que buscaros nuevos abogados.

    No es conveniente utilizar el mismo abogado que os ha estado asistiendo a los dos hasta este momento.

    RUFIANDIS: ADVOCATS

    Abogados ejercientes en las provincias de Lleida, Girona y Barcelona.

    Para más información podéis consultarnos sin compromiso o dar un vistazo a nuestra página web acerca de nuestros servicios.




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